IV
DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Guarico, en Sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: declara INADMISIBLE por falta de legitimidad la acción de amparo constitucional interpuesta por JHONNY RAMON GOTA MONCADA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 6.522.559, abogado en ejercicio, debidamente inscrito en el instituto de Previsión Social del Abogado bajó la matrícula nº 156.779, con domicilio procesal en la Urbanización Santa Isabel, Manzana 7, Casa Nº 07, de San Juan de Los Morros, quien manifiesta actuar en su condición de defensor privado de los ciudadanos MARYURI ARCILES APARICIO y JOSÉ MIGUEL AULAR HERNÁNDEZ, presuntos agraviados; en contra del Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal de San Juan de los Morros, estado Guárico, por falt.....