Ahora bien este tribunal para decidir sobre la procedencia o no de la presente solicitud realiza las siguientes consideraciones:
El Ministerio Publico acompaña la presente solicitud de orden de Allanamiento con las actas de investigación signadas con el número 12-F16-580-11, nomenclatura de la fiscalía 16º del Ministerio Público del Estado Guarico donde se evidencia los siguientes elementos de investigación:
EN FECHA 14 de Noviembre de 2011, se elabora acta de investigación policial suscrita por funcionarios adscritos a Cuerpo de Investigaciones, científicas, penales y criminalisticas El sombrero, Estado Guarico, dejando constancia de las características físicas de los ciudadanos antes mencionados quienes distribuyen sustancias estupefacientes y psicotrópicas en el sector.
En fecha 23 de Noviembre de 2011, se da orden de inicio en la presente investigación.
Ahora bien el artículo 210 del código orgánico procesal penal prevé lo siguiente:
ART. 210.¿Allanamiento. Cuando.....