El Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Juicio Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Condena al acusado Benigno Antonio Fuentes Hernández, a cumplir la pena de Un (01) año de de prisión, por ser autor responsable en la comisión del delito de Homicidio Culposo, previsto y sancionado en el artículo 411 del Código Penal vigente para la fecha en que sucedieron los hechos, delito por el cual la Fiscalía Octava del Ministerio Público presentó formal acusación, el cual fue cometido en perjuicio del ciudadano que en vida respondiera al nombre de Deivi Antonio Beltrán, hecho ocurrido el 29-05-2002 en Altagracia de Orituco, ello conforme a lo dispuesto en los artículos 364, 365 y 367 todos del Código Orgánico Procesal Penal.