Con apoyo a las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Segundo de los Municipios Juan Germán Roscio y Ortiz de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, actuando en su competencia CIVIL, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda interpuesta y en consecuencia declara la resolución del contrato de arrendamiento celebrado por los ciudadanos CARLOS ALBERTO ESPINOZA BALZA y GASPAR MIGUEL SALAVERRIA CAMEJO, ambos suficientemente identificados en el cuerpo del presente fallo, así mismo condena a este último a devolver al accionante devolver el inmueble constituido por una vivienda para habitación ubicada en la Urbanización Evaristo Linares Vega, Manzana 2, Casa N° 26 de esta ciudad de San Juan de los Morros, Estado Guárico, totalmente desocupado de personas y cosas que le pertenezcan y en el mismo buen estado en que lo recibió. Por ultimo, se condena al demandado, a cance.....