DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guarico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: UNICO: Se declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el Defensor Privado Abogado JOSE ANTONIO UZCATEGUI ESAA, actuando como representante del ciudadano PEDRO LUIS RODRIGUEZ RAMIREZ, contra la decisión dictada en de fecha 11 de Abril del 2012, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Guárico, con sede en esta ciudad, mediante la cual declara sin lugar la solicitud de Nulidad de la Acusación Fiscal efectuada por la defensa, por la presunta comisión del delito de ABUSO SEXUAL, previsto y sancionado en el artículo 259 de la Ley Orgánica de Protección del Niños Niñas y Adolescentes, en perjuicio de los niños (D.A.S. y D.A.S.) identidad omitida por mandato legal, po.....