Por los fundamentos de hecho y de derecho que han quedado expuestos, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, en la pretensión que por INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS Y PERJUICIOS Y MORAL, incoada por el ciudadano JUAN CARLOS POVEDA ESCOBAR, contra la sociedad mercantil BANCO PROVINCIAL, S,A., BANCO UNIVERSAL, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la Cuestión Previa contenida en el artículo 346, ordinal 8° del Código de Procedimiento Civil, promovida por la representación judicial de la parte demandada.
SEGUNDO: SIN LUGAR la cuestión previa contenida en el artículo 346, ordinal 6o del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el ordinal 6° del artículo 340 eiusdem, relativa al defecto de forma del libelo de demanda, promovida por la representación judicial de la parte de.....