Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe del Estado Guárico, con Sede en Altagracia de Orituco; Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de Divorcio con fundamento en el Artículo 185–A del Código Civil Venezolano, y en consecuencia, DISUELTO el vínculo matrimonial civil existente entre los ciudadanos: CARLOS EDUARDO HERNANDEZ e IRVIS DEL CARMEN PERALTA ABREU, venezolanos, cónyuges, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 12.118.350 y V- 12.512.974 respectivamente, por ante el Registro Civil del Municipio José Tadeo Monagas del Estado Guárico, según se evidencia en el Acta de Matrimonio Nro. 141, expedida por ante esta misma oficina, la cual fue consignada y se encuentra inserta al folio, tres (03).-
Conforme lo dispone e.....