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Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, actuando en su competencia CIVIL, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de IMPUGNACION DE PATERNIDAD incoada por la ciudadana ROGSHI YSBELIA ARIAS DE BOLIVAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.844.851, contra el ciudadano JOSE ROSALINO ARIAS MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.221.679, y así se decide.
Una vez quede firme el presente fallo, se ordena oficiar al Registro Civil del Municipio Leonardo Infante del estado Guárico, a los fines de que se hagan las anotaciones correspondientes en el Acta Nº 67, expedida por esa oficina en el año 1.974, así como también se ordena oficiar al Registro Civil del Municipio José Félix Ribas del Estado .....