Por las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS JUAN GERMAN ROSCIO Y ORTIZ De La Circunscripción Judicial Del Estado Guarico, administrando Justicia, en Nombre de la República de Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente Procedimiento.-
Notifíquese, a las partes de la presente decisión y por cuanto la parte demandada posee domicilio en la Población de El Sombrero, se acuerda librar exhorto al Juzgado del Municipio Julián Mellado de esta circunscripción judicial.-
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada para el Archivo del Despacho.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de éste JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS JUAN GERMAN ROSCIO Y ORTIZ de la Circunscripción Judicial Del Estado Guárico, en San Juan de los Morros, a los Veinticuatro (24) días del mes de Mayo del año 2.006. Años 196° de la Independencia y 147° de la Federación.-
LA JUEZ,
ABG. .....