INSPECCIÓN JUDICIAL
Inadmite la inspección judicial a la empresa demandada toda vez que la misma se solicita en forma reflexiva "a sí misma" pudiendo acreditar los hecho que pretende demostrar con otros medios de prueba (documentales y testimoniales entre otros) de manera que se dan por reproducidas las razones por las cuales se inadmitió la prueba de Informes solicitada por la demandada.
Dándose por providenciadas las pruebas en el presente asunto.
EL JUEZ
JAVIER IGNACIO SCHMILINSKY ATENCIO
LA SECRETARIA
ABG. MICBE BASTIDAS SANTAELLA