Se dicta el siguiente pronunciamiento:1.-) Decreta medida cautelar sustitutiva de libertad a los ciudadanos VICTOR ARAUJO TABOADA Y NANCY YASMIN PÉREZ ARMAS, plenamente identificado en el presente asunto; consistente en presentación cada ocho días ante la sede de este tribunal, prohibición de acercar a la victima y así como la prohibición de salida de la jurisdicción del Estado Guarico, sin la autorización de este Tribunal, de conformidad con los artículos 256 ordinales 3, 4 y 6 del Código Orgánico Procesal Penal. 2.-Se decreta proseguir la causa por el Procedimiento Ordinario de conformidad con el artículo 373 último aparte del Código Orgánico Procesal Penal.