Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio, con competencia en transición de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, teniendo como norte su interés superior, declara CON LUGAR la Medida de Protección de Colocación Familiar Provisional, en el hogar de los ciudadanos: AQUILES JOSE GARCIA MARIN y LISBEHT CAROLINA UTRERA MOTA DE GARCIA