SEGUNDO
Llenos como están los extremos del citado artículo 185-A, éste Tribunal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio formulado por los ciudadanos: HUMBERT FIDEL ARADES PUERTA Y YANNI BRAND YELAMO identificados en autos, y en consecuencia, disuelto el vínculo conyugal que contrajeron por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Leonardo Infante, Valle de la Pascua del Estado Guárico, en fecha 14 de Septiembre del año 1999, como consta de acta N° 45. Expedida por el Jefe del Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Leonardo Infante, Valle de la Pascua del Estado Guárico en fecha 26 de Abril del año 2010, quedando inserto en los libros respectivos
Regístrese, publíquese y déjese copia del presente fallo y ejecútese.
Dada firmada y sellada en la Sala de Audiencia de este Tribunal, en la ciudad de San Juan de los Morros, a los 24 días del mes de Septiembre del año dos mil diez (2010). Años 20.....