Seguidamente este juzgado previa observación y verificación de la procedencia del convenio ofrecido, constatando que no se vulneran derechos del trabajador, se procede de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la ley Orgánica Procesal del Trabajo, en consecuencia se HOMOLOGA el presente acuerdo, adjudicándole el carácter de cosa juzgada, lo cual se hace en nombre de la República y por Autoridad de la Ley.