Se ordena citación en la Solicitud de Protección de Cultivo, exponer lo que crean conducente sobre la Solicitud, por considerarse necesario que se constate la producción a que hace referencia y la actividad que se realiza para lo cual este Despacho deberá trasladarse hasta el sitio donde se pide la protección, siempre que la parte Solicitante aclare dentro del lapso de Tres (3) días de despacho siguiente.-