Por todas las razones antes expuestas este Juzgado en Función de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Calabozo, Niega la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad solicitada por el Abogado Luis Bello Turchetti a favor de su defendido. Notifíquese a las partes. Cúmplase.-----------------