Declara CON LUGAR la solicitud de revisión de medida hecha por el ciudadano Luis Miguel Benítez, actuando en su condición de Defensor del imputado José Ángel Requena Zapata, por considerar que han variado los supuestos en que se basó el juez de control para proceder a la privación judicial de libertad del referido ciudadano, de conformidad con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia SUSTITUYE la medida privativa que pesa contra el referido ciudadano, quién es venezolano, natural de San Rafael de Orituco, de 25 años (04-05-79), soltero, obrero, residenciado en: Calle Las Flores, San Rafael de Orituco, casa sin número y cédula de identidad 16.237.148 por una Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de Libertad por una menos gravosa, específicamente la contenida en el artículo 256 ordinal 8º en relación con el 258 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, con la presentación de dos fiadores quienes deben consignar constancia de residencia, constancia de trab.....