Dispositiva:
El Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Juicio Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta el pronunciamiento siguiente: Absuelve al acusado Edgar Eduardo Bandres antes plenamente identificado, de la comisión del delito de Homicidio Intencional, previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal vigente para la época en que ocurrieron los hechos, cometido en perjuicio del ciudadano Fredery Xavier Bandres, hecho ocurrido el 18 de marzo del año 2.005 en el Barrio Guaiqueries de Altagaracia de Orituco, Estado Guárico, ello conforme a lo pautado en los artículos 364, 365 y 366 todos del Código Orgánico Procesal Penal, decretando la libertad plena y el cese de toda medida de coerción personal que pesa contra dicho ciudadano.
Regístrese, publíquese y notifíquese la presente .....