PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la Querella Interdictal Restitutoria intentada por la Sociedad Mercantil EMPRESA DISTRIBUIDORA EL RODEO C.A., inicialmente TABAKALERA C.A., inscrita en el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, bajo el N° 27, Tomo 8- A de fecha 25 de Agosto de 1997, con modificaciones parciales de sus estatutos de fecha 04 de septiembre de 1997, bajo el N° 21, tomo 9-B, de fecha 29 de enero de 1998, bajo el N° 50, tomo 1-B, y de fecha 26 de Octubre de 1998, bajo el N° 60, Tomo 10-B y debidamente representada por el ciudadano JOSE LUIS GIRON, venezolano, mayor de edad, soltero, comerciante, titular de la cédula de identidad N° 5.621.919, en contra de los Ciudadanos MAIONE NATALE y LARA CARMEN JOSEFINA, titulares de las cédulas de identidad números 81.348.735 y 6.601.252; y la cual se intentó sobre el inmueble ubicado: en la Avenida Las Industrias distinguida con el N° 11-1 de la ciudad de Valle de la Pascua, Municipio Infante del Estado G.....