1) Admite totalmente la acusación presentada por la Fiscalía Primera del Ministerio Público contra el ciudadano: Jhoan José Sánchez Paraco, antes identificado, por el delito de Robo en la modalidad de arrebatón, previsto y sancionado en el último aparte del artículo 458 en relación con el 457 ambos del Código Penal, por haber sido presentado conforme a la Ley, admitiendo igualmente todas las pruebas ofrecidas para el desarrollo del debate oral y público por ser necesarias y pertinentes. 2) Condena al ciudadano Jhoan José Sánchez Paraco, titular de la cédula de identidad V-17.272.531, a cumplir la pena de Seis (06) meses de prisión, por ser autor responsable en la comisión del delito de Robo en la modalidad de arrebatón, tipificado en el único aparte del artículo 458 del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano Nicolás Antonio Malavé Guerra, en las circunstancias de tiempo, modo y lugar antes descritas, condenándolo a las penas accesorias contenidas en el artículo 16 eiusdem, t.....