Este Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide así: PRIMERO: Se DECRETA LA INTERDICCION PROVISIONAL de la ciudadana Carmen García de González. SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaración, se nombra con el carácter de Tutor Interino: de la ciudadana Carmen García de González, a la ciudadana Carmen Amelia González de Fesdjian, y Protutor y Suplente del Protutor: a los ciudadanos Jaime Antonio González García y Fanny Esperanza Agelvis Alarcon.