Se dicta el siguiente Pronunciamiento: PRIMERO: Se declara Con Lugar la solicitud de Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, hecha por la Representación Fiscal al imputado JAIRO CARDONA ROJAS, identificado en autos, consistente en: 1) Presentaciones periódicas cada Quince (15) días por ante este Circuito judicial y la prohibición de portar arma fe fuego, de conformidad con las previstas en el artículo 256 Ordinales 3º y 9º del Código Orgánico Procesal Penal, concediéndosele la liberta desde la misma sala de audiencia. SEGUNDO: Se acuerda la aplicación del Procedimiento Ordinario, de conformidad con el artículo 373 de Código Orgánico Procesal Penal.