Por todos los razonamientos anteriormente expuestos éste Juzgado Primero de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA de DESALOJO DE VIVIENDA, todo de conformidad con el artículo 362 del Código de procedimiento Civil y asimismo de conformidad con los artículo 33, 34 y 35 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios. y en razón de esta declaratoria Con Lugar hace los siguientes pronunciamientos.
PRIMERO: ordena al ciudadano: RAFAEL ARTURO MENDOZA RODRIGUEZ, cédula de identidad Nº 4.344.645, a desalojar la vivienda o casa Quinta conocida como Xioqueca, ubicada en la calle 6 distinguida con el Nº 4-40 de esta Ciudad de Calabozo.-
SEGUNDO: Condena a la parte demandada al pago de los cánones de arrendamientos que se encuentren vencidos hasta la presente fecha y que se sigan venci.....