IV
DISPOSITIVA
Por todo cuanto antecede, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, actuando como Tribunal Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara competente para conocer de la acción de amparo interpuesta por el Abogado Elio Omar Rangel Trocell, donde aparece como presuntos agraviados los ciudadanos Dennys David Jiménez y Javier Alberto Jiménez Jiménez y como agraviante el Tribunal de Primera Instancia en Función de Control Nº 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Guarico, Extensión Calabozo; conforme a lo establecido en el artículo 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los artículos 1, 2, 4, 7, 21, 23, 24 y 26 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
SEGUNDO: Se declara INADMISIBLE la Acción de Amparo constitucional interpuesta por el Abogado Elio Omar Rangel Trocell, do.....