.III.
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la Acción de Resolución Contractual intentada por el Ciudadano MOISÉS RAFAEL CASTRILLO CANACHE, venezolano, mayor de edad, domiciliado en la población de Altagracia de Orituco, Estado Guárico y titular de la cédula de identidad N° V-12.811.189, en contra del Ciudadano EDUARDO NAPOLEÓN ÁLVAREZ PEREIRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 585.300 y domiciliado en la población de Altagracia de Orituco del Estado Guárico. En consecuencia se REVOCA la decisión de la recurrida, Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de ésta Circunscripción Judicial, de fecha 19 de Diciembre de 2.003. Se declara CON LUGA.....