La recusación planteada por la abogada en cuestión no tiene ningún asidero jurídico y razón de ser, en consecuencia, debe ser declarada sin lugar, por ser improcedente e impertinente ante la Corte de Apelaciones de este mismo Circuito Judicial Penal y así lo solicita a sus miembros esta suscrita, en virtud de los motivos antes indicados.