Con fuerza en los razonamientos de hecho y de derecho precedente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia Penal en Funciones de Juicio Nº 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, Extensión Calabozo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEL PRESENTE ASUNTO, seguido contra los ciudadanos LUIS JAVIER ELIAS ASCANIO MIRABAL, quien es venezolano, natural de Calabozo, Estado Guárico, estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, nacido el 18-09-1987, de 20 años de edad, hijo de Carmen Ofelia Mirabal y de Javier Ascanio, carrera 10 con calle 10, casa Nº 10-30 de esta ciudad, titular de la cédula de identidad N° 19.343.940, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES GRAVES EN RIÑA, previsto y sancionado en el articulo 426 en relación con el artículo 415 del Código Penal, perjuicio del ciudadano Mario Márquez y MARIO AN.....