DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, es por lo que esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial del Estado Guárico, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada Azucena Yurizham Álvarez López, en su condición de Defensora Pública Segunda de Responsabilidad Penal del Adolescente, en representación de los adolescentes R J A S y D M C (Identidades omitidas), contra la decisión de fecha 11 de noviembre de 2010, dictada por el Tribunal Primero de Control d e la Sección Penal del Adolescente de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual -entre otras cosas- decretó medida privativa de libertad a los adolescentes R J A S y D M C (Identidades omitidas), por la presunta comisión del delito de robo agravado, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, en perjuicio de las ciudadanas N.....