DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera instancia en Funciones de Juicio N° 02, actuando como Tribunal Mixto, del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico Extensión Calabozo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ABSUELVE al ciudadano MANUEL ARTURO BERMEJO, venezolano, natural de Cazorla Estado Guárico, de 38 años de edad, nacido el 15-12-1.966, titular de la Cédula de Identidad N°: V- 10.266.261, de estado civil, casado, de profesión u oficio, criador, hijo de Jerónima Pérez (V) y de Santiago Bermejo (V), domiciliado en la población de Cazorla, vecindario denominado Las Cocuiza,de la comisión del delito ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 460 en concordancia con el artículo 457, del Código Penal Reformado, por no existir elementos que comprueben su participación, y por consiguiente su responsabilidad penal en la comisión del mismo, todo de conformidad con lo dispuesto.....