.III.
DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, el JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, actuando en Sede Civil, administrando justicia, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Se Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte actora Ciudadanos ALI SECUNDINO PARRA GARCIA Y EQUITERIA JOSEFINA MAYORCA DE PARRA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad número V- 11.116.475 y V-11.120.243, domiciliados en la ciudad de San Juan de los Morros, sector la Morera, Calle Libertador cruce con calle Atamaica Nº 28 Municipio Juan German Roscio del Estado Guárico, en contra del fallo de la recurrida, Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, con sede en la Ciudad de San Juan de los Morros, de fecha 10 de diciembre de 2012. Se CONF.....