Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Juicio Nº 01 de este Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Calabozo; Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley dicta los siguientes pronunciamientos:
Primero: En relación a la Medida Cautelar Sustitutiva de libertad solicitada por la defensa, el Tribunal la acuerda por ser procedente y concede Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial Preventiva de libertad, prevista en el artículo 256 ordinal 3º del Texto Adjetivo Penal, a los ciudadanos JUAN JAIMITO PEREZ; titular de la Cédula de Identidad Nº V-19.760.899, y a RUNER JOSÉ PEREZ PEREZ, titular de la cédula de identidad Nº V-18.328.905, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO DE GANADO VACUNO, previsto y sancionado en el artículo 10, numerales 7º, 9º y 10 de la Ley de Protección de la Actividad Ganadera, en agravio de los TITO JOSE CAMERO GOMEZ y JESUS RUBEN MEDINA LORETO, se le impone a los condenados del contenido d.....