En consecuencia, este Tribunal de Juicio Nº 01, actuando en el nombre de la República y por autoridad de la ley DECIDE: ÚNICO: Niega la sustitución de la Medida Privativa de Libertad solicitada y RATIFICA el mantenimiento de la Medida Judicial Preventiva Privativa de Libertad en contra del acusado ARQUIMEDEZ GABRIEL FERNANDEZ venezolano, natural de Maracay Estado Aragua, nacido el 04/12/1982 de 21 años, soltero, residenciado Barrio la Participación Casa N° 2 Calle Monagas Maracay Estado Aragua, titular de la cédula de identidad Nº 17.246.627, en la causa que se le sigue por la presunta comisión de los delitos de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, HOMICIDIO SIMPLE EN GRADO DE FRUSTRACION Y ROBO AGRAVADO, previstos y sancionados en los artículos 278, 407 en relación con el artículo 80 y 460 del Código Penal vigente, toda vez que no han variado las circunstancias que dieron origen a la medida decretada, todo de conformidad con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíqu.....