Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Primero de los Municipios Leonardo Infante, Las Mercedes del Llano y Chaguaramas de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Sin Lugar la demanda por Desalojo, incoada por la ciudadana Aida Josefina Camacho de Rodríguez, asistida por el abogado Gilberto Daniel Bolívar Ruiz, Inpreabogado N° 48.873, contra el ciudadano Bou Chacra Ziad Raouf, sobre un inmueble situado en la calle Shettino, Sur, N° 27 de esta ciudad de Valle de la Pascua, estado Guárico, y así se decide.-
Se condena en costas parcialmente a la parte demandante de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.-