Por las razones antes expuestas, este Tribunal declara CON LUGAR LA RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO solicitada por el ciudadano ROYMAR DOMINGO CAVALIERI NIEVES, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 3.883.322, y en tal sentido ordena que se rectifique el error mencionado en los términos siguientes: En el Acta de Nacimiento del ciudadano ROYMAR DOMINGO CAVALIERI NIEVES, signada con el N° 849, del año 1956, que corre inserta en los Libros del Registro Civil de la Parroquia Candelaria del Municipio Libertador del Distrito Capital, donde dice: "...DOMINGO CAVALIERI LINAES", debe leerse: "...ISAAC DOMINGO CAVALIERI LINARES", como real y legalmente corresponde.
En consecuencia, se ordena oficiar lo conducente al Registro Principal del Distrito Capital y a la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Candelaria del Municipio Libertador del Distrito Capital. Líbrese oficio a la autoridad respectiva y anéxese a la misma copia certificada de la p.....