En consecuencia, este TRIBUNAL SÉPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, vista la inactividad de las partes en este proceso desde el 09 de octubre de 2017, hasta la presente fecha, y en conformidad con la sentencia dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia de fecha 25 de marzo de 2002, que esta sentenciadora acoge en conformidad con lo previsto en el artículo 335 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, DECLARA EXTINGUIDA LA INSTANCIA, POR PÉRDIDA DE INTERÉS PROCESAL. ASÍ SE DECLARA.