Este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, en sede contencioso administrativa, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR el presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por el abogado JUAN VICENTE QUINTANA CONTRERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.791.467, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 107.707, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la Empresa "CHINA RAILWAY ENGINEERING CORPORATION (VENEZUELA)".
SEGUNDO: Se declara la NULIDAD ABSOLUTA de la Providencia Administrativa Nº 29-2012, de fecha 08 de febrero de 2012, dictada por la Inspectoría del Trabajo de Valle de la Pascua Estado Guarico, mediante la cual declaró Con Lugar la Solicitud de Reenganche y Pago de Salarios Caídos interpuesta por los ciudadanos JOSE LUIS HERNANDEZ GARCIA, JORGE LUIS HERNANDEZ y NERVIS .....