DISPOSITIVO.
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara como suficientes las diligencias realizadas para decretar Justificativo para Perpetua Memoria de las mejoras y bienhechurias existentes ya descritas, en el lote de Terreno denominado "Marlboro", ubicado en el sector El Lirio, asentamiento campesino sin información, parroquia Guayabal, municipio San Geronimo de Guayabal del estado Guárico, constante de una superficie de noventa y cuatro hectáreas con dos mil doscientos setenta y cuatro metros cuadrados (94 has. con 2274 mts2), alinderado de la siguiente manera: Norte; Terreno ocupado por Hato los Lajeros. Sur; Terreno ocupado por Pedro Tovar. Este; Caño los Lajeros y Oeste; Terreno ocupado por Cesar González, a favor del ciudadano Carlos Adrián Rebolledo, v.....