Este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción del estado Bolivariano de Guárico, en sede Constitucional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta fallo en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE, para conocer de la presente ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por el ciudadano LUIS ALBERTO PINTO VARGAS, venezolano, portador de la cédula de identidad Nº V-17.435.457, debidamente asistido por el abogado en ejercicio CARLOS ARTURO RODRÍGUEZ MERCADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédulas de identidad N° V-13.154.966, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el N° 118.807.
SEGUNDO: Se declara la FALTA DE CUALIDAD PASIVA de la ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES LA CANDELARIA, con Registro de información Fiscal N° J-41094360-2 y su apoderado judicial abogado LUIS GERARDO DE BENEDICTIS SOLÓRZANO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado .....