El Tribunal en virtud de la exposición realizada ante este Despacho por la ciudadana: YILMA COROMOTO SUAREZ ESPINOZA, venezolana, mayor de edad, soltera, ama de casa, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-15.417.290, donde Desiste del procedimiento en la presente causa, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, lo da por consumado e imparte su Homologación en todas y cada una de sus partes, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.-