En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, la demanda que por cumplimiento de contrato, ha incoado el ciudadano Fernando Pulido, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.885.641 en contra de la Universidad Nacional Experimental Simón Rodríguez.
SEGUNDO: Por cuanto la parte demandante resultó totalmente vencida y siendo que la misma no devengaba mas de 3 salarios mínimos, no hay expresa condenatoria en costas de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Una vez vencido el lapso para la publicación del presente fallo, déjese transcurrir el lapso para que las partes ejerzan los recursos legales pertinentes.