este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara lo siguiente:
PRIMERO: Deja sin efecto la medida ejecutiva de embargo practicada por el mencionado Juzgado Ejecutor de Medidas, la cual consta en acta de fecha 12 de Julio del 2.010, cursante a los folios 148 al 149 y vto, sobre el 50 % del Fundo denominado "Las Piedritas" Sector Las Paraulatas, ubicado en el Municipio Santa María de Ipire del Estado Guárico, el cual consta de Doscientos Sesenta y Cuatro Hectáreas (264 Has), siendo sus linderos: NORTE: Sitio Las Guacamayas, propiedad de la sucesión Ochoa Rojas ; SUR: Sitio el Corozo de la misma Sucesión; ESTE: Sitio la Cruz y terreno de Carmen Estanga y OESTE: Terrenos de Lorenzo Zurita y Josefa Martínez, por lo que se ordena oficiar en su debida oportunidad al Registrador Inmobiliario del Municipio Pedro Zar.....