este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico en San Juan de los Morros, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, Declina la Competencia en la presente causa al Juzgado tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros, conforme a lo previsto en los artículos 64 y 77 ambos del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese, publíquese lo decidido y remítase el presente asunto.
El Juez
Abog. Ramón Vivas Frontado
                                                                       La Secretaria
                                                                       Abog. Zaida Ávila
	En esta misma fecha se cumplió lo ordenado.
                                                                         La Secretaria
Asunto Nº JP01-P-2005-004461