Se Público y registró decisión en la que se decreto. 1): Se declara SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la Causa, por la presunta comisión del delito de Daños a Edificaciones Publicas a los Adolescentes imputados. 2): Se ordena la remisión de la presente causa al archivo de esta sección penal, en su oportunidad legal a objeto de que sea archivada como pieza concluida. Todo de conformidad con lo previsto, en el artículo 318 ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el literal "d" del Artículo 561 Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente