Con fundamento en las anteriores consideraciones, este Tribunal de Control Nº 04, del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de la Pascua, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley; DECIDE: PRIMERO: SE DECLINA LA COMPETENCIA , AL JUZGADO TERCERO DE CONTROL EXTENSIÓN EL BARLOVENTO, del Conocimiento de la Causa del Ciudadano GREGORIO ANTONIO GARCIA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 18.817.383, natural de San Félix estado Bolívar, con domicilio en Barrio Brisas del Orinoco, Manzana 19, casa Nº 109, San Félix Estado Bolivar.
SEGUNDO: Se ordena la remisión de las actuaciones originales, junto con el imputado MATERANO MOLINA JOSE MANUEL antes identificado plenamente AL JUZGADO TERCERO DE CONTROL EXTENSIÓN BARLOVENTO ESTADO MIRANDA, donde constan como se produjo la aprehensión del mismo. En virtud de lo decidido, se ordena librar boleta de traslado dirigida al Comandante del Cuerpo de Invest.....