PARTE DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara la CONFESION FICTA del demandado JOBER JOSE OJEDA RENGIFO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V- 10.976.001, de este domiciliado en esta ciudad de Valle de la Pascua del Estado Guárico en la demanda de ACCIONES Y CONTROVERSIAS ENTRE PARTICULARES RELACIONADOS CON LA ACTIVIDAD AGRARIA.
SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la demanda de ACCIONES Y CONTROVERSIAS ENTRE PARTICULARES RELACIONADOS CON LA ACTIVIDAD AGRARIA, propuesta por la Empresa "AGROPECUARIA LA MANZANA C.A., domiciliada en la ciudad de Valle de la Pascua, Estado Guárico, constituida mediante documento inscrito en el Registro Mercantil Segundo de la circunscripción Judicial del.....