DISPOSITIVA
Por todos los fundamentos y razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, actuando en función de Control, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: Decreta Medida Cautelar sustitutiva de Libertad al ciudadano: Danny Orlando Carpio, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.071.979, natural de Cagua, Estado Aragua, donde nació el 06-11-1975, de 29 años de edad, de profesión u oficio funcionario de la Disip, soltero, residenciado en la Urbanización Rafael Urdaneta, Sector 01, Verede N° 14, Casa N° 01, Cagua, Estado Aragua, hijo de Omaira Carpio (v) y José Rivas(Padrastro) (V), a tenor de lo pautado en el artículo 256 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, consistentes en presentaciones periódicas ante este juzgado cada Quince (15) días.
SEGUNDO: Ordena la continuación del.....