Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en función de Ejecución Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de la pascua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECIDE: Se NIEGA al penado RAMIREZ MIGUEL EDUARDO, titular de la cédula de identidad N° 7.291.931, recluido en la Penitenciaria General de Venezuela, la aplicación de Fórmulas alternativas de cumplimiento de pena, referida a Régimen Abierto, todo de conformidad con los razonamientos precedentemente expuestos en concordancia con el artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal . No obstante se acuerda iniciar los trámites para seguir aplicando la Redención de Pena que le corresponda en el presente asunto, así como librar oficio al Director de la Penitenciaria General de Venezuela a los fines de solicitarle la practica de Evaluación y atención Psiquiatrica al penado por parte del Departame.....