Por todo lo anteriormente expuesto, éste Tribunal de Juicio N° 03, del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de la Pascua, actuando bajo la Modalidad de Tribunal Unipersonal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. DECIDE: PRIMERO: Se Absuelve al acusado REINOSA LEDEZMA JOSE ALEJANDRO, hijo de REINOSA JOSE GREGORIO y MUÑOZ LEDEZMA YURESKA, de estado civil soltero, Cédula de Identidad N° 19.361.392, por la presunta comisión del delito de ROBO GENERICO previsto y sancionado en el Artículo 457 del Código Penal, reformado cometido en perjuicio del ciudadano, ROGER JOSE LADERA. SEGUNDO: Por ser Absolutoria la Sentencia, la totalidad de las costas corresponden al Estado Venezolano, de conformidad con el artículo 268 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Se acuerda el cese de las Medidas Cautelares Sustitutivas que pesaban sobre el acusado. De conformidad con los artículos 175 y 453, se entienden por notificadas.....