SE REVOCA EL BENEFICIO DE REGIMEN ABIERTO al ciudadano JHONNY RAMON GUZMAN TORREALBA, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 18.784.817, hijo de los ciudadanos Pedro Ramón Medina y Zenovia Guzmán, registra como residencia familiar el Sector Machagua, Municipio Cajigal, casa s/n, vía Barcelona, Estado Anzoátegui y/o Sector El Terminal, Calle 03, casa N° 26, Zaraza, Estado Guárico y en consecuencia SE ORDENA SU CAPTURA, debiendo celebrarse una audiencia oral a los fines de escuchar al penado sobre los motivos del incumplimiento, una vez efectiva la misma. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 479.1 y 511 del Código Orgánico Procesal Penal.