PRIMERO: Se declara CON LUGAR la Perención de la Instancia correspondiente a la QUERELLA INTERDICTAL DE AMPARO, intentada por el ciudadano Abogado NESTOR BRIGIDO TOLEDO, en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano JUAN DE LA CRUZ MACHADO, ya identificado, contra los ciudadanos REGULO IGUARO RAMIREZ, DANILO RAMON IGUARO RAMIREZ, TITO ARMANDO IGUARO RAMIREZ Y EDO IGUARO RAMIREZ, también identificados.-
SEGUNDO: Se da por terminado el presente proceso, en las condiciones establecidas en el artículo 270 eiusdem.-
En atención a los establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, no ha lugar en derecho la condena en costas.-